DERECHO LABORAL.

DERECHO LABORAL

¿Puedo trabajar estando de baja por IT?

Estando de baja por incapacidad temporal te puede surgir la duda de si puedes trabajar o buscar un nuevo trabajo donde incorporarte. Si te preguntas si puedo trabajar estando de baja por IT te interesa seguir leyendo este artículo hasta el final.

La incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador no puede trabajar, se encuentra impedido. Las causas pueden ser una enfermedad o accidente, sea por accidente laboral o por enfermedad común. Esta situación se encuentra regulada en el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social.

De manera general, no es posible trabajar estando de baja por incapacidad temporal, ya que el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho a subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido si se trabaja por cuenta ajena o por cuenta propia.

La persona que, estando de baja por incapacidad temporal, se mantenga trabajando también se expone a una sanción que, como mínimo, puede ser de 3 meses sin cobrar la prestación por incapacidad temporal, tal y como estipula el artículo la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.

Si estás pluriempleado podrás seguir trabajando aún estando de baja por incapacidad temporal

Aunque está prohibido trabajar estando de baja por IT, hay una excepción a considerar en este tema, y ésta es el pluriempleo. Cuando se está de baja por accidente o enfermedad, es posible que la dolencia incapacite para trabajar en uno de los trabajos, pero que, para el otro, no suponga un impedimento y no perjudique la recuperación.

En diferentes momentos, el Tribunal Supremo ha dictaminado que, si un trabajador con dos empleos está de baja por incapacidad temporal, hay que valorar si la dolencia le incapacita efectivamente para los dos trabajos, pues puede ser que dicha dolencia sólo sea relevante en un trabajo físico y que pueda desempeñarse en su segundo trabajo sin impedimento.

Simulación, transgresión de la buena fe contractual e impedimento de la recuperación: motivos de despido disciplinario 

La jurisprudencia ha defendido que se puede seguir trabajando a pesar de estar de baja por incapacidad temporal, si donde se trabaja la dolencia no afecta y el proceso de recuperación no se ve perjudicado. No obstante, es importante conocer en qué situación la empresa donde el trabajador está de baja por incapacidad temporal puede proceder a un despido disciplinario.

Simulación: llevar a cabo una actividad, sea laboral o no, que ponga en duda la veracidad de la dolencia que causa la baja por incapacidad temporal no sólo es un fraude a la Seguridad Social, también puede conllevar el despido disciplinario por parte de la empresa. Un ejemplo muy claro es una persona que está de baja por un esguince en el tobillo y es vista corriendo o practicando cualquier deporte que implique esfuerzos en dicha parte del cuerpo, entendiendo que, con la dolencia, no sería posible llevarla a cabo. Se trata aquí de fingir una dolencia que realmente no se tiene.

Transgresión de la buena fe contractual: la transgresión de la buena fe contractual no tiene que ver directamente con la dolencia, pero sí que puede suceder durante la incapacidad temporal. Esto es, cuando el trabajador sin el consentimiento de su empresa lleva a cabo una actividad que compite directamente con la empresa en la que trabaja. Esto es necesario remarcarlo, ya que períodos de baja largos pueden ser aprovechados para emprender determinadas actividades que pueden entrar en conflicto con los intereses de la empresa contratante.

Impedimento de la recuperación: hacer una actividad que pueda empeorar la recuperación y, por lo tanto, que la incorporación al puesto de trabajo se atrase puede ser motivo de despido disciplinario, ya que se entiende que no se están guardando los cuidados necesarios para recuperarse de la lesión o accidente.

Fuente: https://cristinaaguilar.com/