Estos son los trabajadores que se pueden jubilar a los 64 años

  • Es la edad mínima para prejubilarse con menos de 37 años y 3 meses cotizados
  • Los que han llegado a esa cotización pueden hacerlo con menos penalizaciones
Foto: Dreamstime.

30/08/2021 – 11:23

La jubilación anticipada puede ser un mecanismo de mucha utilidad para trabajadores que, llegados a la etapa final de su vida laboral, no desean esperar más para retirarse profesionalmente y deciden, a pesar de las reducciones en su pensión, no esperar a la edad ordinaria de jubilación.

Sin embargo, no todos los trabajadores pueden acogerse a ella. La clave está, como siempre, en los años cotizados con anterioridad a la jubilación y la edad que se tenga en el momento de la jubilación. Una buena parte de estos trabajadores tiene derecho a hacerlo a partir de los 64 años de edad

Aquellos trabajadores que no han llegado a los 37 años y tres meses de cotización pero que, a cambio, sí han llegado ya al periodo exigido por la ley para prejubilarse pueden jubilarse hasta dos años antes de los 66, es decir, a los 64. Las personas que tienen una cotización mayor de 37 años y tres meses pueden prejubilarse un año antes, a los 63, ya que su edad ordinaria de jubilación es también un año menor, a los 65. Aunque, claro está, si desean retrasar esa jubilación anticipada pueden esperar unos cuantos meses y jubilarse también a los 64. 

Sea como fuere, estos trabajadores también tienen que reunir otras características para poder acceder a la jubilación anticipada a esa edad. Son requisitos como haber cotizado al menos dos años de los últimos 15, estar dado de alta en la Seguridad Social (o en una situación asimilada) y tener una pensión que resulte mayor a la cuantía mínima establecida por la ley tras la revalorización de las pensiones de enero de 2021

Teniendo claro estos conceptos, la siguiente pregunta es cuánta pensión le quedará al jubilado si se retira de forma anticipada. El método de cálculo de la pensión sigue, en un primer paso, las mismas directrices que las del resto de jubilados: se toman en cuenta las últimas 288 bases de cotización (24 años) y se dividen entre 336. Esto dará lugar a la base reguladora del trabajador. 

Después, el aspirante a jubilado deberá comprobar cuáles son sus años cotizados y a qué porcentaje de la base reguladora le da derecho: con 15 años trabajados se tiene derecho al 50% y, a partir de ahí, durante cada uno de los siguientes meses se consigue un 0,21% de la base reguladora y del 107 al 252 por cada mes se obtiene un 0,19% extra. La idea es que, con 36 años cotizados, se tenga derecho al 100% de la base reguladoraAsí puedes completar tu pensión de jubilación aunque no hayas cotizado algunos añosAsí puedes completar tu pensión de jubilación aunque no hayas cotizado algunos años

Con esta cifra de referencia procederemos a aplicar los coeficientes reductores que penalizan las jubilaciones anticipadas. A falta de que entre en vigor la reforma ideada por el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, estos coeficientes siguen afectando a la base reguladora y son trimestrales (con el nuevo diseño afectarán directamente a la cuantía y será mensuales). 

El trabajador tendrá diferentes reducciones en función del tiempo cotizado. A los trabajadores que tengan menos de 37 años y 3 meses cotizados, si quieren jubilarse con 64 años, les afectarán los coeficientes de los primeros tramos (que penalizan anticipos de un máximo de 24 meses y después descienden de forma progresiva), mientras que a los trabajadores con más de 37 años y 3 meses cotizados, si se jubilan con 64 años, les afectarán los que implican anticipos menores (de entre uno y 12 meses). 

Existen cuatro categorías, y por lo tanto, cuatro tablas de coeficientes diferentes: 

-Para trabajadores de menos de 38 años y 6 meses cotizados, las prejubilaciones se ven penalizadas con un 2% de la base reguladora por trimestre. 

-Para trabajadores de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses, las prejubilaciones son penalizadas con un 1,875% de la base reguladora por trimestre. 

-Para trabajadores de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses, el descuento para las prejubilaciones es del 1,75% de la base reguladora por trimestre.

-Para trabajadores de más de 44 años y 6 meses cotizados, el descuento en las prejubilaciones es del 1,625% de la base reguladora por cada trimestre. 

Si, aplicados estos coeficientes, la cuantía resultante es superior a la cuantía máxima establecida para las pensiones en 2021, al pensionista se le hará una reducción del 0,5% por trimestre de anticipo. Esto solo procede en los casos de personas que durante muchos años han cotizado por encima de la cuantía máxima de las pensiones y a las que el sistema tiene reservada esa reducción extra para que, de alguna forma, el impacto de la prejubilación también se note en ese sector.

Fuente: eleconomista.es