Hace pocos días informamos en Laboro sobre la propuesta de nueva reforma laboral en materia de contratos temporales, que es la más favorable que ha habido para los trabajadores desde que entró en vigor el Estatuto de los Trabajadores hace más de 40 años. Esta nueva reforma está previsto que se apruebe antes de que acabe 2021, porque Europa así lo exige para liberar los fondos que recibirá España. Pero el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz ha presentado un nuevo documento que contiene nuevos elementos de esta propuesta de reforma, que vamos a ir explicando en Laboro en sucesivos artículos en las próximas semanas (puedes suscribirte gratis para recibirlos por email).
Comenzamos con el que han llamado “mecanismo de sostenibilidad de empleo” (MSE), que se entiende mucho mejor lo que es si lo llamamos “ERTE obligatorio antes del despido”. Consistiría en que lo que se ha hecho con los ERTE durante la pandemia se quedara para siempre.
Recordemos que los ERTE normales los creo el PSOE en su reforma laboral de 2010, cosa que muchos periolistos y periolistas ignoran palmariamente. El ERTE normal actual consiste en que cuando hay problemas en tu empresa, esta no te echa sino que te suspende el contrato o te reduce la jornada temporalmente. Durante ese tiempo, la empresa paga la cotización completa y tú tienes derecho a paro. Pero actualmente no es obligatorio que la empresa te meta en un ERTE en vez de echarte y casi todas prefieren el despido. Por ejemplo cuando se trata de un despido objetivo como excusay/o cuando prefieren echarte pagando la indemnización y contratar a otro que cobre menos antes que meterte en un ERTE y seguir pagando tu cotización.
Los ERTE especiales de la pandemia de COVID-19 tienen varias diferencias con los ERTE normales. En primer lugar, las empresas no pagan la cotización completa sino que tienen reducciones e incluso exenciones, mientras que el trabajador cobra más de paro y más tiempo. Es decir que estos ERTE cuestan dinero a la SS. Pero en segundo lugar, que es lo que más les jode a los empresaurios, estos ERTE tienen unas protecciones especiales contra el despido. Estas protecciones consisten en que por un lado el despido objetivo sería improcedente si la empresa pudiera haber hecho un ERTE en vez de despedir al trabajador. Y por otro lado, la inclusión en un ERTE “subvencionado” por la SS supone que la empresa venga obligada a mantener el nivel de empleo durante 6 meses, so pena de tener que devolver esas subvenciones y pagar el paro que hubieran cobrado los trabajadores.
Pues bien, la nueva propuesta de reforma consiste en que estas especialidades de los ERTE de pandemia se aplicaran a los ERTE normales. Por ejemplo, supongamos que Manolo el del bar le hiciera un despido objetivo por causas económicas a Toñi la camarera. Si Toñi presentara demanda por despido, cosa que podría hacer gratis sin abogado ni graduado social, Manolo tendría que “motivar suficientemente” que hacer un ERTE a Toñi en vez de despedirla fuera “inviable para resolver de modo proporcionado y razonable la situación en la que se encuentra la empresa”. Si no, sería despido improcedente, lo cual supondría que la indemnización pasara de 20d/año a 33d/año. Durante ese ERTE, Manolo no pagaría la cotización de Toñi de la jornada que le quitara, pero a cambio tendría que mantener el nivel de empleo durante unos meses. Además de que Manolo no podría contratar ni subcontratar nuevos trabajadores ni meter horas extras aunque las pagara. Manolo, si te subvencionan la cotización es para algo.
Estos nuevos ERTE ya no se podrían negociar con una representación temporal de los trabajadores sino que se tendrían que negociar obligatoriamente con los sindicatos más representativos, que todos sabéis que casi siempre son CC.OO. y UGT. Esa parte de la reforma podéis estar seguros al 100% que la aprobarán por la sencilla razón de que tanto la patronal como esos sindicatos están de acuerdo en ello. Que la patronal siempre esté de acuerdo e incluso pida que las cosas se puedan hacer con acuerdos con CC.OO. y UGT es algo muy significativo que denota lo bien que se llevan gracias a lo bien que saben comportarse. La empresa no podría aprobarse el ERTE a sí misma en caso de desacuerdo, como sucede en los ERTE actuales excepto en los de fuerza mayor, sino que tendría que solicitar que se lo aprobara la autoridad laboral.
Recordemos que uno de los trucos para abaratar el despido de las reformas laborales anteriores fue facilitar el despido objetivo, porque tiene una indemnización mucho más baja que el improcedente. Pero esta propuesta de reforma va en el sentido contrario porque esto del MSE sencillamente no es más que una reforma del despido objetivo favorable a los trabajadores; porque pone un nuevo requisito para que este despido sea procedente, que es demostrar que no era posible hacer un ERTE en vez del despido. Un requisito extraordinariamente lógico porque recordemos que estamos hablando de un despido por causas objetivas, no subjetivas, es decir de un despido que se supone que la empresa hace porque no le queda más remedio por razones económicas, técnicas, organizativas o productivas. Pero los empresaurios prefieren que estos despidos sean objetivos solo para que la indemnización sea más barata que la de despido improcedente, pero no para que tengan que demostrar que el despido haga falta de verdad. Actualmente solo tienen que demostrar que despedir al trabajador es más conveniente que no despedirlo, pero no tienen que demostrar que también sea inviable un ERTE en vez del despido.
Lo más gracioso es que la CEOE ha llamado “marxista” a esta propuesta de reforma. Todo empresario ignorante sabe de marxismo lo mismo que de magnetismo y en su mente simple el marxismo son cosas tales como que un trabajador descarado le pida que demuestre ante un juez que su despido por causas objetivas es realmente necesario y por causas objetivas. A ver si es que los putos trabajadores se van a creer que les pueden pedir explicaciones a los señores empresarios.
Fuente: laboro-spain.blogspot.com